Resulta conocido que la factura fiscal se van devengando a lo largo del año, como no podía de ser otra forma, y se produce su liquidación financiera (el pago o el cobro por devolución), aproximadamente, en verano del año siguiente; aunque en caso de las devoluciones, se acercan cada vez más al invierno.
Y, como todos los años, nos encontramos con el deber de optimizar, casi al cierre del año, el importe de la factura. No obstante, cuando más necesitados estamos, en principio, menos posibilidades tenemos para el necesario recorte.
Como el citado deber de optimizar la factura fiscal incumbe tanto a la economía familiar como a la empresarial, a fin de sistematizar de forma clara, las opciones disponibles y las alternativas asequibles vamos a establecer los dos bloques siguientes:
En relación con la economía familiar y la tributación en el IRPF, tres frentes consideramos de interés en la búsqueda de la optimización: vivienda habitual, planes de pensiones y plusvalías.
Deducciones en la vivienda habitual
Es conocido que para la declaración de 2009, la deducción por hipoteca y por cuenta ahorro vivienda puede generar una rebaja del 15% de la cuota del IRPF sobre un máximo deducible de 9.015 euros.
- Los que tengan hipotecas antiguas, es decir, las firmadas antes del 20 de enero de 2006, se pueden beneficiar de una compensación adicional que les permitirá elevar esa deducción hasta un 20% sobre los primeros 4.507,5 euros.
- Suscribir en estos días una cuenta vivienda es otra alternativa para reducir impuestos: por las cantidades depositadas, hasta un máximo de 9.015 euros, se tendrá derecho a aplicar en la próxima declaración una desgravación fiscal del 15%.
- Llevar a cabo amortizaciones extraordinarias de una hipoteca es otra de las fórmulas más rentables de reducir la próxima factura fiscal. De esta forma, por cada 601,01 euros de amortización adicional -se reduce el importe del préstamo-, todos los contribuyentes, independientemente del volumen de ingresos que obtengan en 2009, se ahorrarán de impuestos 90,15 euros (un 15%).
En este sentido, convendría recordar:
- Por una parte, que la intención del Gobierno es eliminar las deducciones por compra de vivienda habitual a partir del 1 de enero de 2011 para las rentas superiores a 24.107,2 euros. Por ello, los compradores disponen de un año para asegurarse la desgravación al adquirir una casa que constituya la vivienda habitual.
- Por la otra, que en la Ley de Economía Sostenible incluye deducciones en la vivienda (ver aquí) pero están pendientes de aprobación y de la tramitación parlamentaria correspondiente y , en cualquier caso, no resultan de aplicación en la declaración de 2009.
Planes de Pensiones
Sin duda, la manera más efectiva de rebajar la factura fiscal es hacer aportaciones a un plan de pensiones. Recordamos que las aportaciones reducen directamente de la base imponible, pero para disfrutar de ello es necesario tener rendimientos del trabajo o de actividades económicas.
- Si se tienen menos de 50 años, el límite máximo de aportación es de 10.000 euros (o el 30% de la suma de los rendimientos netos del trabajo y actividades económicas).
- Si se supera los 50 años, de hasta 12.500 euros (o el 50% de las cantidades anteriores).
- Además, se pueden ahorrar impuestos en la misma medida realizando aportaciones al plan de previsión del cónyuge, con un máximo de 2.000 euros por año, siempre que el cónyuge a favor de quien se realiza la aportación no tenga rentas de trabajo y de actividades económicas superiores a 8.000 euros.
Plusvalías
Resulta conocido que las plusvalías surgen en la enajenación: de fondos de inversión, acciones, inmuebles, entre otros, por un importe superior a su precio de adquisición.
Por otra parte, hemos comentado en diferentes ocasiones que los Presupuestos Generales del Estado para 2010 introducen, en lo que se conoce como la Reforma Fiscal, la subida en la tributación de los rendimientos del capital mobiliario -cuentas, bonos, depósitos, seguros y dividendos- y las ganancias patrimoniales - tributarán desde el 1 de enero al 19% para los primeros 6.000 euros y al 21% para los importes que excedan esa cantidad.
Por ello, resultaría interesante:
- La venta de la vivienda, en 2009, que genere plusvalías tributarán al 18% en lugar del 21% de 2010 que se aplicará a las ganancias superiores a los 6.000 euros. No obstante, es conocido que la plusvalía por la venta de la vivienda habitual queda exenta si se reinvierte en otra casa para vivir dentro de un plazo máximo de dos años. Para las ventas realizadas en 2006, 2007 y 2008, el plazo para reinvertir esa plusvalía y poder disfrutar de la exención se ha ampliado hasta el 31 de diciembre de 2010.
- Diferir las transacciones susceptibles de generar pérdidas patrimoniales a 2010 puesto que se podrían compensar con ganancias con tributación al 19% o 21%. No obstante, convendría hacer efectivas las transacciones con pérdidas, en 2009, para compensar las ganancias computables en 2009.