19 dic 2009

Sedes Electrónicas del Ministerio de Economía y Hacienda.

Orden EHA/3408/2009, de 17 de diciembre, por la que se crean sedes electrónicas en el Ministerio de Economía y Hacienda, tiene por objeto la creación de las sedes electrónicas correspondientes a los órganos del Ministerio de Economía y Hacienda, con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 3 del Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 de junio de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.
Recordamos que la Sede Electrónica es:
aquella dirección electrónica disponible para los ciudadanos a través de redes de telecomunicaciones cuya titularidad, gestión y administración corresponde a una Administración Pública, órgano o entidad administrativa en el ejercicio de sus competencias.
Se crean las siguientes sedes electrónicas:
  • Sede Electrónica Central del Ministerio de Economía y Hacienda.
  • Sede Electrónica de la Dirección General de Costes de Personal y Pensiones Públicas.
  • Sede Electrónica de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.
  • Sede Electrónica de la Dirección General del Catastro.
  • Sede Electrónica de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera.
  • Sede Electrónica de la Dirección General de Fondos Comunitarios.
Sede Electrónica Central del Ministerio de Economía y Hacienda

La Sede Electrónica Central del Ministerio de Economía y Hacienda (SECMEH en lo sucesivo) se crea con las siguientes características:
  • El ámbito de aplicación de la sede será el de la totalidad de los órganos del Departamento definidos en el artículo 1.2 anterior, con excepción de los centros directivos que cuentan con sede electrónica propia conforme a lo regulado en los artículos siguientes de la presente Orden.
  • Se realizarán a través de la SECMEH todas las actuaciones, procedimientos y servicios que requieran la autenticación de los ciudadanos o de la Administración Pública en sus relaciones con éstos por medios electrónicos, así como aquellos otros respecto a los que se decida su inclusión en la sede por razones de eficacia y calidad en la prestación de servicios a los ciudadanos.
  • La dirección electrónica de referencia de la sede será https://sedemeh.gob.es.
  • La titularidad de la sede electrónica corresponderá a la Subsecretaría del Departamento.
  • La gestión tecnológica de la sede será competencia de la Dirección General de Servicios y Coordinación Territorial, que la ejercerá a través de la Subdirección General de Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones.
  • Serán responsables de la gestión, contenidos y servicios puestos a disposición de los ciudadanos en la sede electrónica, los titulares de los centros directivos del Departamento y, en su caso, de aquellos Organismos que se incorporen a dicha sede. La responsabilidad se corresponderá con las competencias que cada uno de los titulares tenga atribuidas por la legislación vigente.
  • La gestión de los contenidos comunes de la sede y la coordinación con los centros directivos del Departamento y los Organismos incorporados a la sede corresponderá a la Secretaría General Técnica, que la ejercerá a través de la Unidad de Gestión de Contenidos en la Red.
  • Serán canales de acceso a los servicios disponibles en la sede:
  1. Para el acceso electrónico, Internet, con las características definidas en el presente artículo.
  2. Para la atención presencial, las oficinas del Ministerio de Economía y Hacienda, tanto de carácter central como territorial, conforme a las competencias definidas en las normas reguladoras de la organización ministerial, sin perjuicio del acceso a través de los registros regulados en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
  3. Para la atención telefónica, los servicios de información departamental, en el teléfono 900 56 77 65, así como al número de fax 91 595 88 69.

Las subsedes de la SECMEH

La SECMEH contará con las siguientes sedes electrónicas derivadas o subsedes:
  • Subsede de los Tribunales Económico-Administrativos, a la que se podrá acceder directamente a través de las direcciones:
  1. http://www.tribunaleseconomicoadministrativos.gob.es
  2. http://www.teac.gob.es y
  3. http://www.tea.gob.es.
El ámbito de esta subsede será el correspondiente a las competencias del centro directivo Tribunal Económico Administrativo Central y a los órganos y Tribunales dependientes del mismo.
  • Subsede de la Dirección General de Tributos, a la que se podrá acceder directamente a través de la dirección http://www.tributos.sedemeh.gob.es. El ámbito de esta subsede será el correspondiente a las competencias de la Dirección General mencionada.
  • Las restantes características de estas dos subsedes serán las establecidas para la sede de la que derivan.
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Imagen: dreamstime.

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