31 oct 2009

Sumar para multiplicar. El poder del dos.

La gestión en la empresa actual requiere no sólo una buena relación calidad/precio, una política comercial adecuada, la optimización de procesos productivos aplicando tecnologías y control de costes, sino que resulta necesario una adecuada política social, de vinculación y colaboración relacional, a través de la cual será posible encontrar las mejores alianzas con otras compañías, proveedores, clientes, socios, y personal, fortaleciendo los vínculos relacionales.

En relación con el fortalecimiento de las relaciones empresariales nos ocupamos en esta entrada, de la colaboración cliente-proveedor que debe ser tan natural como deseable en la gestión de las relaciones comerciales. Aún, así, existen diferentes categorías de colaboración en función de la relación concreta que exista entre el cliente y el proveedor.

Las categorías se definen con respecto a las relaciones laborales, a las medidas del rendimiento, a las comunicaciones entre las empresas, a las actitudes directivas y a los objetivos fundamentales.

Para Billington, Cordón y Vollmann que un cliente apueste por la supercolaboración implica que toda la empresa y sus funciones adquieren un compromiso para crear una ventaja competitiva significativa para determinados proveedores, a cambio de que los proveedores creen una ventaja competitiva para la empresa. Para ello es necesario deshacerse de muchos comportamientos clásicos en las relaciones de compraventa.

La imagen anterior muestra los diferentes grados de colaboración. Se observa que los segmentos son cada vez más pequeños a medida que ascendemos, ya que en el grado de la supercolaboración sólo hay tiempo para trabajar con unos pocos proveedores, destacando que:
En una relación de supercolaboración, el objetivo último para ambas partes es conseguir una ventaja competitiva significativa en términos absolutos, no en términos relativos.
Por su parte, Cordón y Vollmann, denominan El poder del dos al proceso para convertir las relaciones tradicionales entre proveedores y clientes en colaboraciones óptimas. Este poder del dos surge cuando cliente y proveedor, tras reconocer que se necesitan el uno al otro, revisan conjuntamente su manera de hacer negocios y con ello crean más valor. El poder del dos es, como indica el nombre, un método muy poderoso para que su empresa gane ventaja competitiva:
  • elimina tareas innecesarias;
  • reduce los costes soportados por ambas partes logrando mejoras en el conjunto;
  • aumenta su cuota de mercado; alcanza un crecimiento significativo, y crea capacidades que no puede copiar la competencia.
Poner en marcha el poder del dos seguramente exija la introducción de algunos cambios en su empresa, así como en las de sus proveedores o clientes más importantes. Pero sale a cuenta y es factible.



Una buena relación comercial sería aquella en la que se dan:
  • una inversión conjunta constante en los factores que impulsan la relación (aprendizaje y proyectos conjuntos y el cultivo de las relaciones entre todas las personas implicadas), y
  • objetivos, medidas y resultados claros para ambas empresas.
Añaden Cordón y Vollmann que:
Una vez que los directivos entiendan que los factores que impulsan las interacciones cliente proveedor son en gran medida cualitativos y, por tanto, subjetivos, han de aprender a evaluar y gestionar proactivamente este tipo de relaciones, que son la clave para desarrollar el poder del dos.
Más información:
  • Relaciones cliente-proveedor. El arte de formar pares de ases. Iese insight, tercer trimestre 2009, número 2.
  • La supercolaboración con los proveedores. Harvard Deusto Business Review, abril 2009.

29 oct 2009

Novedades legislativas para el cierre del ejercicio (I): Administración Pública.

Se acerca la fecha del cierre contable y comienzan: las circulares, recomendaciones, sugerencias y consejos para la adecuada planificación de tareas y procesos para la gestión del cierre del ejercicio, que lleva consigo, la adecuación de los plazos y el tratamiento contable (devengo, periodificación y liquidación financiera) de las correspondientes operaciones.

En este sentido, en las administraciones públicas, las distintas operaciones a realizar en la ejecución del presupuesto de gastos (modificaciones de créditos, imputación de obligaciones, realización de pagos, entre otras) se regulan con carácter general en la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria y en la Ley de Presupuestos de cada ejercicio.

La mencionada regulación debe completarse mediante la especificación de operaciones y procedimientos a realizar a final del presente ejercicio 2009, en relación con:
  • los plazos para la tramitación de modificaciones presupuestarias y documentos contables,
  • contabilización de operaciones,
  • ordenación de pagos y realización de los mismos, así como
  • la concreción de distintas operaciones reguladas en la Ley General Presupuestaria y en la Instrucción de Operatoria Contable a seguir en la Ejecución del Gasto del Estado.

Para ello, el Boletín Oficial del Estado (BOE) publica, con fecha 27 de octubre, la Orden EHA/2868/2009, de 13 de octubre, por la que se regulan las operaciones de cierre del ejercicio 2009 relativas a la contabilidad de gastos públicos.

Los aspectos básicos de la orden referida son los siguientes:

Señalamiento de haberes en el mes de diciembre

Las nóminas para el percibo de los haberes activos y paga extraordinaria del mes de diciembre deberán tener su entrada en las Oficinas de Contabilidad con fecha límite del día 9 del citado mes.
Los haberes activos y pasivos y las pagas extraordinarias correspondientes al mes de diciembre serán satisfechos conjuntamente a partir del día 18 del mismo mes.
Las nóminas de pensiones de Clases Pasivas, distintas de la paga del mes de diciembre y paga extraordinaria, podrán tener su entrada en las Oficinas de Contabilidad antes del día 30 de diciembre.

Tramitación y pago de mandamientos en los últimos días del mes de diciembre

El último día del ejercicio 2009 en el que se podrán satisfacer libramientos de pago será el día 31 de diciembre, reanudándose el pago de los pendientes de satisfacer el primer día hábil del mes de enero de 2010.

Recepción y tramitación de documentos contables
  • Los documentos contables o, en su caso, los soportes de las operaciones utilizados por los Organismos Autónomos, Agencias Estatales y Organismos Públicos señalados en el artículo 1 de esta Orden, debidamente confeccionados, acompañados de los correspondientes justificantes y realizada, en su caso, la fiscalización previa pertinente, tendrán como fecha límite de entrada en las Oficinas de Contabilidad el día 30 de diciembre.
  • Las propuestas de pago «a justificar» expedidas con cargo a créditos del Presupuesto de Gastos de 2009 tendrán como fecha límite de entrada en las Oficinas de Contabilidad el día 18 de diciembre de 2009, excepto las propuestas de pago «a justificar en el exterior» cuya fecha límite será el día 15 de dicho mes. Con cargo a dichos libramientos únicamente podrán satisfacerse obligaciones del ejercicio, con las excepciones previstas en el artículo 79.3 de la Ley General Presupuestaria.
  • Los Interventores Delegados, regionales y territoriales del Interventor general de la Administración del Estado, el Subdirector general de Contabilidad del Ministerio de Defensa y órganos competentes en el resto de Organismos a los que se refiere el artículo 1, cuidarán muy especialmente el cumplimiento de estas normas, absteniéndose de contabilizar aquéllas operaciones cuyos documentos contables se reciban con posterioridad a las fechas consignadas en los apartados anteriores.
Contabilización en fin de ejercicio y ordenación de pagos
  • Las Oficinas de Contabilidad y los Servicios Gestores autorizados a capturar retenciones de crédito de acuerdo con lo establecido en las Reglas 14 y 19 de la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda, de 1 de febrero de 1996, por la que se aprueba la Instrucción de Operatoria Contable a seguir en la ejecución del gasto del Estado, registrarán normalmente todo tipo de operaciones hasta el final de diciembre de 2009.
  • Las Ordenaciones de Pagos realizarán su último proceso de ordenación de pagos de 2009 el 30 de diciembre de 2009. Excepcionalmente, podrán realizarse procesos de ordenación de pagos con fecha límite de 31 de diciembre de 2009.
Hasta tanto las Oficinas de Contabilidad dejen de expedir propuestas de pago con imputación a la contabilidad del ejercicio 2009, las Ordenaciones de Pagos mantendrán abierta la contabilidad de recepción de tales propuestas.
Además, desde principios del ejercicio 2010 y con imputación a la contabilidad del mismo, podrán expedir órdenes de pago por cuenta de las propuestas recibidas en cualquier momento.

Más información:

27 oct 2009

Nueva Ley de las SOCIMI (Inversión Mercado Inmobiliario).

El Boletín Oficial del Estado (BOE), de fecha 27 de octubre, publica la nueva Ley de Sociedades Anónimas Cotizadas de Inversión en el Mercado Inmobiliario (SOCIMI).

El mercado inmobiliario es uno de los más desarrollados y maduros de las economías occidentales, y demanda con más intensidad medidas que permitan, en la medida de lo posible, proporcionar liquidez a las inversiones inmobiliarias, al ser éste un mercado que participa en el Producto Interior Bruto de las economías avanzadas en un porcentaje alrededor del 10 por ciento, si bien en España ese porcentaje se incrementa hasta cerca del 16 por ciento.


La Ley 11/2009 pretende, así, establecer el marco jurídico necesario para las denominadas SOCIMI, sociedades que configuran un nuevo instrumento de inversión destinado al mercado inmobiliario y, más en concreto, al mercado del alquiler.
Las SOCIMI son sociedades cuya actividad principal es la inversión, directa o indirecta, en activos inmobiliarios de naturaleza urbana para su alquiler, incluyendo tanto viviendas, como locales comerciales, residencias, hoteles, garajes u oficinas, entre otros. Con el objeto de admitir la inversión indirecta, se permite que las SOCIMI participen en otras SOCIMI o bien en entidades que cumplan los mismos requisitos de inversión y de distribución de beneficios exigidos para aquellas, residentes o no en territorio español, coticen o no en mercados regulados.

Creación SOCIMI

La creación de este nuevo tipo de sociedades mercantiles requiere establecer para las mismas ciertos requisitos relativos a la inversión patrimonial, a las rentas que dicha inversión genere y a la obligatoriedad de distribución de resultados, de manera que su cumplimiento permita a estas sociedades optar por la aplicación de un régimen fiscal especial. Así, la combinación de un régimen sustantivo específico conjuntamente con un régimen fiscal especial tiene como objetivos fundamentales, continuar con el impulso del mercado del alquiler en España, elevando su profesionalización, facilitar el acceso de los ciudadanos a la propiedad inmobiliaria, incrementar la competitividad en los mercados de valores españoles y dinamizar el mercado inmobiliario, obteniendo el inversor una rentabilidad estable de la inversión en el capital de estas sociedades a través de la distribución obligatoria de los beneficios a sus accionistas.

Fiscalidad SOCIMI

El régimen fiscal especial de estas SOCIMI se construye sobre la base de una tributación a un tipo del 18 por ciento en el Impuesto sobre Sociedades, siempre que se cumplan determinados requisitos.
Entre ellos, merece la pena destacar:
  • la necesidad de que su activo, al menos en un 80 por ciento, esté constituido por inmuebles urbanos destinados al arrendamiento y adquiridos en plena propiedad o por participaciones en sociedades que cumplan los mismos requisitos de inversión y de distribución de resultados españolas o extranjeras, coticen o no en mercados organizados,
  • igualmente, las principales fuentes de rentas de estas entidades deben provenir del mercado inmobiliario, ya sea del alquiler, de la posterior venta de inmuebles tras un período mínimo de alquiler o de las rentas procedentes de la participación en entidades de similares características. No obstante,
  • el devengo del Impuesto se realiza de manera proporcional a la distribución de dividendos que realiza la sociedad,
  • los dividendos percibidos por los socios estarán exentos, salvo que el perceptor sea una persona jurídica sometida al Impuesto sobre Sociedades o un establecimiento permanente de una entidad extranjera, en cuyo caso se establece una deducción en la cuota íntegra, de manera que estas rentas tributen al tipo de gravamen del socio. Sin embargo, el resto de rentas no serán gravadas mientras no sean objeto de distribución a los socios.
Se establece así, un régimen fiscal con unos efectos económicos similares a los existentes en el tradicional régimen de REITS (Real Estate Investment Trusts) en otros países, basados en una ausencia de tributación en la sociedad y la tributación efectiva en sede del socio.


Orientación SOCIMI

Además, esta figura está preferentemente dirigida al pequeño y mediano accionista, haciendo asequible la inversión en activos inmobiliarios de manera profesional, con una cartera de activos diversificada y disfrutando desde el primer momento de una rentabilidad mínima al exigir una distribución de dividendos a la sociedad en un porcentaje muy significativo. Adicionalmente, con el objeto de garantizar la liquidez del inversor, se exige que estas sociedades coticen en mercados regulados, siendo este requisito esencial para la aplicación del régimen fiscal especial.

Por último, se establecen unas reglas especiales de entrada y salida de sociedades de este régimen especial, con el objeto de garantizar una adecuada tributación de las rentas que se generan, especialmente, en la transmisión de inmuebles que han pertenecido a la sociedad tanto en períodos impositivos en que ha tributado en este régimen especial como en períodos impositivos en que ha tributado en otro régimen fiscal.

En la medida que analicemos con detalle el contenido de esta Ley de SOCIMI y, particularmente, sus implicaciones económico-financieras y fiscales iremos comentando nuestras opiniones.

Imágenes: dreamstime.

25 oct 2009

Diagnóstico, Gestión y Mejora en la empresa española.

Es evidente que la actual situación de la economía española está afectando seriamente a la salud de las empresas. Recientemente, hemos leído en Antonio Esteban.com ¿Están enfermas nuestras empresas? Diagnóstico y mejora y estamos de acuerdo que la prevención es la mejor receta de la enfermedad, pero cuando se está enfermo resulta necesaria también la gestión de la enfermedad.


En relación con el mal de nuestras empresas, nos parece interesante el Estudio de Gestión de Crisis de Improven que constituye una guía práctica que permite identificar los distintos comportamientos de las empresas ante las crisis, así como las mejores prácticas empresariales aprendidas casos y sectores en situaciones de recesión.

En el estudio se manifiesta como aspecto destacable que las empresas responden lentamente a la crisis, tardando de media once meses en detectarla y diecisiete meses desde que esta se inicia y se empieza a ejecutar un plan de acciones. Es importante señalar en qué fase de la crisis se ha detectado.
Pocas empresas actúan de una manera decidida en plazos relativamente cortos:
Tan sólo el 32% de las empresas lo hacen en la fase estratégica u operativa cuando el tiempo juega a favor de la puesta en marcha de medidas correctoras adecuadas. La mayoría, el 68%, la detectan y reaccionan demasiado tarde, cuando los resultados empresariales ya están resentidos y el margen de reacción es estrecho o inexistente.
Lo que motiva estos retrasos en la detección y reacción (que a la postre desencadenan malos resultados empresariales y ponen en peligro la continuidad de algunas empresas) son varios factores:
  • La necesidad de interiorizar progresivamente la situación y creerse lo que está ocurriendo.
  • Sobrevaloración de las capacidades de la empresa (tiempo, recursos, posicionamiento y equipo). Como señala Javier Fernández:
    En parte, porque la visión que una organización tiene de sí misma—como sucede con las personas—está claramente mediatizada por las propias experiencias. Contar con alguien que haya contemplado muchas más organizaciones y que haya contribuido a su curación puede ser muy útil.
  • Infravaloración de las circunstancias externas (normalidad de los cambios del entorno, entrada de nuevos competidores, cambios en los canales o en el comportamientode la demanda, modificaciones legislativas, etcétera). Habría que señalar como expresa Jack Welch que:
    La mayoría de las crisis tiene mayor alcance de lo que podría imaginarse. Más gente estará involucrada de la que se calculó originalmente, meterán sus narices más abogados de los que alguna vez pensó que era posible, y las terribles cosas que serán dichas y publicadas excederán sus peores pesadillas. Por tanto, ajuste su esquema mental con antelación. Sumérjase en cada crisis asumiendo que absolutamente lo peor ha ocurrido en alguna parte de su organización y, de igual importancia, asuma que usted es completamente responsable del problema. En otras palabras, adopte un esquema mental concordante con el peor escenario posible y comience a averiguar qué está pasando.
Un 61% de las empresas encuestadas, en el Estudio que comentamos, ha señalado que ladetección tardía fue uno de los grandes errores de la gestión de la crisis, ya que limita el abanico de opciones que se pueden adoptar por falta de tiempo en su implantación, somete la organización a una tensión extrema y obliga a la toma de decisiones drástica y poco planificada. Se debe señalar la importancia de contar con herramientas adecuadas, como ayuda a la prevención (el 64% de las empresas no disponía de un cuadro de mando con los indicadores adecuados y un 77% no disponía de una herramienta de gestión de tesorería que funcionase correctamente).

En relación con las herramientas adecuadas y las ayudas referidas es interesante el considerar:
  • Por una parte, es conocido la cantidad de servicios profesionales de consulta y/o médicos organizativos y de gestión tanto independientes como de organizaciones públicas (o semi) que, en la actualidad, ofrecen herramientas de diagnóstico y de gestión.
  • Por la otra, cada vez más, se impone la contratación de profesionales o gestores temporales o interinos (Interim manager). Esta modalidad de trabajo profesional o ejecutivo se emplea desde hace varias décadas en algunos importantes mercados europeos con gran éxito, al contratarle para gestionar adecuadamente los problemas de la empresaque necesita un directivo experto en un área para un servicio concreto y por tiempo limitado.
Consideramos que en el marco actual de la empresa española, grande y pequeña, el diagnóstico, la gestión y la mejora han de trabajar conjuntamente para la subsistencia y el mejor posicionamiento pos-crisis posible; en esta situación los gestores temporales o directivos interinos, como profesionales con muchos años de experiencia en gestión empresarial y elevada cualificación, que se incorporan a una empresa por un tiempo limitado y con una misión muy concreta, pueden ser una herramienta con competencias y habilidades que suman y, hasta, multiplican en la gestión de la empresa.

Son muchos los proyectos o situaciones con un horizonte temporal y unos objetivos muy bien definidos, donde este tipo de contrato de gran flexibilidad debería tener una gran aceptación. Por todo ello, la figura del directivo interino, es una necesidad real existente en las organizaciones, y se visualiza como una herramienta cada vez más común en el ámbito empresarial.
No obstante, en España nos cuesta mucho asumir tener un directivo de forma temporal, sin embargo la necesidad existe y viene a ser una nueva forma de vinculación laboral que las empresas, grandes y pequeñas, deben considerar seriamente.

23 oct 2009

Aprobada la nueva Ley de Auditoría de Cuentas.

El Consejo de Ministros, de fecha 23 de octubre, ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley que modifica la Ley de Auditoría de Cuentas (LAC) de 1988 y adapta su contenido a las exigencias previstas en la Directiva comunitaria sobre esta materia de 17 de mayo de 2006.


En la nueva LAC destaca:
  • La revisión de los requisitos de independencia de los auditores respecto de las entidades que auditan.
  • Se precisa el régimen de responsabilidad civil de los auditores de cuentas, y
  • Se incorpora el principio de responsabilidad plena del auditor del grupo empresarial sobre los estados financieros consolidados.
  • Se refuerza el sistema de supervisión pública de la actividad de auditoría de cuentas mediante el fortalecimiento de las funciones del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) en materia de control de calidad de los auditores y cooperación internacional.
  • Se amplía el control sobre los auditores de entidades de gran dimensión.
La incorporación al ordenamiento español de las disposiciones dictadas en el ámbito de la Unión Europea reforzará la independencia de las firmas de auditoría respecto de las entidades auditadas y apuntalará el sistema público de supervisión y control de calidad, a la vez que clarificará el régimen de responsabilidades de los auditores en relación a los estados financieros de las empresas que auditen.
La nota informativa del Consejo de Ministros señala que los cambios en la Ley van más allá de lo estrictamente planteado por Bruselas. El Gobierno ha decidido aprovechar la obligada revisión de la norma sobre auditoría de cuentas y la experiencia acumulada en las dos décadas que ésta lleva en vigor para introducir también un conjunto de modificaciones técnicas en orden a mejorar su aplicación.

Obligación de independencia

Uno de los aspectos más relevantes del Proyecto de Ley elaborado por el Ministerio de Economía y Hacienda es el fortalecimiento del principio de independencia del auditor.
  • El nuevo texto establece la obligación del auditor o la firma de auditoría de promover a nivel interno medidas de salvaguarda para detectar, evaluar y, en su caso, eliminar los factores que comprometan su independencia respecto de las entidades a auditar a las que presta servicio.
  • Asimismo, se delimitan los supuestos de incompatibilidad en los que el auditor deberá abstenerse de actuar. En este sentido, la Ley revisa ciertas causas de incompatibilidad vigentes hasta ahora que pasan a vincularse al régimen general de salvaguardas (relaciones empresariales, participación en la contratación de altos directivos, servicios distintos de auditoría), y clarifica la aplicación de otras (participación financiera directa, servicios de valoración y abogacía, existencia de relaciones familiares con determinados cargos de la entidad auditada).
  • Por otra parte, se define el concepto de red a la que pertenece el auditor o sociedad de auditoría, de forma que, si las personas o entidades pertenecientes a esta red incurren en alguno de los supuestos de incompatibilidad previstos en la Ley, harán incompatible la actuación del auditor de cuentas o de la sociedad de auditoría.
  • Otra de las modificaciones afecta al deber de rotación obligatoria para los equipos de auditoría, que se mantiene únicamente para el auditor firmante del informe y para el gerente. En este mismo ámbito, el Proyecto de Ley modifica los parámetros objetivos que dan origen a esta obligación y que se refieren al número de trabajadores, al activo total y a la cifra de negocios de la entidad auditada.

Régimen de responsabilidades

El Proyecto de Ley aprobado por el Consejo de Ministros precisa, en línea con lo dispuesto en la Directiva europea, las obligaciones que debe observar el auditor del grupo empresarial respecto de los trabajos de auditoría realizados en las entidades que componen dicho grupo.
  • Incorpora por primera vez, de forma expresa, al ordenamiento español el principio de responsabilidad plena del auditor de cuentas del grupo respecto a los estados financieros consolidados. Una de las mayores preocupaciones del sector, la referente al régimen de responsabilidades de los auditores, queda delimitada con mucha mayor claridad en la nueva Ley. En este sentido, se sienta el principio de que sólo responderán por los daños que les sean directamente imputables y no por los perjuicios causados por la entidad auditada o por un tercero.
  • Además, únicamente podrá exigirse la responsabilidad solidaria del auditor cuando no pudiera individualizarse la causa de los daños y perjuicios o quedase debidamente probada la concurrencia de responsabilidades sin que pueda determinarse el grado de intervención de cada agente causante del daño.
Mayor supervisión pública

El otro gran eje que sustenta la nueva Ley de Auditoría es el fortalecimiento del sistema público de supervisión de las sociedades de auditoría. En virtud del mismo, el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) tendrá las competencias de control de calidad de estas entidades, entre las que figuran la inspección y revisión periódica de los auditores de cuentas y las sociedades de auditoría, la evaluación de sus sistemas internos de control de calidad y la formulación de requerimientos de mejora.
  • La reforma prevé, asimismo, la posibilidad de que este Instituto acuerde con terceros, incluidas las corporaciones representativas de los auditores de cuentas, las tareas relacionadas con la ejecución del control de calidad, aunque siempre bajo su permanente supervisión.
  • Asimismo, se regulará el acceso de auditores y sociedades de auditoría de Estados miembros y terceros países, de igual modo que el acceso por parte de las autoridades foráneas a los papeles de trabajo y a otros documentos referidos a los trabajos de auditoría realizados en relación con sociedades domiciliadas en España, pero cuyos valores se emitan en terceros países.

Entidades de gran dimensión

Por último, el Proyecto de Ley establece una serie de requisitos específicos y controles más estrictos para los auditores de las entidades de gran dimensión, considerando como tales:
  • a las sociedades sometidas al régimen de supervisión del Banco de España, la Comisión Nacional del Mercado de Valores y la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones;
  • a las que se determinen por su importancia pública significativa;
  • y, en todo caso, a las que superen al menos dos de los siguientes parámetros: tener más de mil trabajadores, presentar un volumen neto de la cifra de negocios superior a 57 millones de euros o disponer de unos activos totales mayores de 28,5 millones.
Entre los controles específicos a los que obligará este régimen especial estará la realización de un informe anual de transparencia y la observación de determinados requisitos referidos a la estructura organizativa y a la dimensión de los auditores y sociedades de auditoría.

Más información: Recomendaciones de la Unión Europea
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22 oct 2009

El facilitador financiero: ¿Llegará por fin la financiación?


La Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos ha acordado esta mañana la creación de la figura del Facilitador Financiero, un nuevo instrumento con que se dota al Instituto de Crédito Oficial con un objetivo primordial: ayudar a autónomos y pequeñas y medianas empresas a acceder a la financiación de las entidades de crédito.

El Ejecutivo pretende de esta manera atender las dificultades de acceso a la financiación que están teniendo proyectos viables, rentables y solventes al verse afectados por las especiales circunstancias por las que atraviesa el mercado financiero.

Este nuevo vehículo, que comenzará a funcionar antes de final de año, se encargará de canalizar las solicitudes de crédito que las PYMES y autónomos con necesidades de financiación de inversión y/o circulante por importe máximo de dos millones de euros realicen a las entidades financieras y que hayan sido rechazadas en primera instancia.
Sus funciones principales serán:
  • Mejorar la comunicación entre la empresa y el sector financiero.
  • Asesorar a la empresa en el proceso de tramitación del crédito.
  • Revisar expedientes de crédito denegados.

Los interesados en acceder a los servicios del facilitador financiero podrán hacerlo electrónicamente o por teléfono, entrando en su página web o llamando al call-center. Tendrán que cumplimentar los datos de un formulario que permitirá valorar si la solicitud se ajusta a los requisitos establecidos y si el proyecto presentado es viable, en cuyo caso será admitida a trámite y deberá aportar los documentos que acrediten su situación.
El facilitador financiero sólo trabajará con aquellas entidades que hayan suscrito un convenio de colaboración con el ICO. En caso de que la entidad que rechazó financiar la operación no tenga firmado dicho convenio, se requerirá del cliente la elección de otra entidad que sí lo tenga. El facilitador mediará con la entidad financiera estudiando la posibilidad de encajar la solicitud en alguna de las líneas abiertas por el ICO para facilitar liquidez a las empresas y trasladará al cliente la respuesta final de la misma.

INFRAESTRUCTURA Y RECURSOS

Para hacer frente a estas nuevas tareas, el ICO dispondrá de una mayor infraestructura, mediante la creación de una aplicación informática y un call center que canalizarán las solicitudes, así como de una central de análisis de riesgo donde se estudiará cada caso. Asimismo, el ICO pondrá a disposición de PYMES y autónomos una red territorial de asesores financieros que analizarán la solicitud de crédito, asesorarán a los demandantes sobre su expediente e intermediarán entre estos y las entidades financieras para que revisen o recanalicen el caso. Estos asesores se ubicarán físicamente en las instalaciones de instituciones colaboradoras en todo el país, como la ventanilla única de las Cámaras de Comercio.

Es evidente, que todo mecanismo que facilite el acceso a la financiación a los necesitados nos parece una fenomenal noticia. Además, nos felicitamos, por lo que se anuncia dotado de la tecnología necesaria para agilizar las solicitudes.
No obstante, hemos leído tantos anuncios del Gobierno de estímulos y medidas para agilizar la financiación y, en la situación actual, las Pymes y autónomos siguen:
  • pendientes de los recursos necesarios para trabajar,
  • cobrando tarde (cuando cobran) y
  • cerrando empresas por la ausencia de financiación asequible.
Seguiremos esperando ¿Nos queda otra solución?

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16 oct 2009

Alarma fiscal: 16 Medidas para su lucha.

Que en España la economía sumergida alcanza cifras considerables, es evidente y conocido por casi todos. Que la economía sumergida genera fraude fiscal, también, resulta cierto. Que se debe luchar por su control, además, parece una obligación.

¿Podría una reforma fiscal orientada a atajar el fraude evitar la subida de impuestos? Es decir, ¿pagamos más impuestos, porque otros no pagan?

Por otra, sabemos que lucha y control del fraude tributario supone la ocupación de los Inspectores de Hacienda del Estado (IHE), adscritos a la Agencia Tributaria, que celebran en estos días su XIX Congreso Anual.


En estas circunstancias el cuerpo de IHE ha presentado un documento señalando que:
el fraude fiscal no es un fenómeno nuevo en la sociedad española. No se necesitan sofisticados estudios o encuestas para conocer la magnitud del fraude fiscal en España porque a diario se puede comprobar la alegría con la que se ofrecen en el mercado servicios u operaciones sin factura, facturas sin IVA, u operaciones con una parte en negro.
Esta situación explica el poco temor que el defraudador tiene a ser descubierto, la falta de repudio social ante el fraude fiscal y, en consecuencia, el fracaso de la Administración en sus planes de lucha contra el fraude.
Ningún Gobierno español ha querido realizar hasta la fecha ningún estudio en profundidad sobre la economía sumergida y el fraude fiscal en España, amparándose en la dificultad para su realización. Sería deseable que esta situación cambiase, ya que la propia Unión Europea está tomando conciencia de la gravedad del fraude.
El documento referido contiene 16 medidas que, a juicio de los Inspectores del Hacienda del Estado, serían necesarias para atajar el problema del fraude fiscal.
Las medidas presentadas son las siguientes:





Nos parece un conjunto bien estructurado y con la concreción suficiente. No obstante, es cierto que, unas nos gustan más que otras o, dicho de otra forma, algunas no nos parecen demasiado acertadas, pero la focalización nos parece perfecta.
A consecuencia del detalle de cada una de las medidas, que puede verse en el documento enlazado y referenciado, en otra entrada comentaremos con más detalle alguna de las medidas que ahora hemos enunciado, e intentaremos concretar las preguntas que al inicio realizamos.

¿Qué os parece el conjunto de las medidas?

Más información:

14 oct 2009

La fórmula de la competitividad.

El término de competitividad puede ser el vocablo de los que más se ha usado y abusado en los últimos años, siendo el referente fundamental para toda estrategia empresarial, para cualquier desarrollo de política económica y, por supuesto, en el ámbito personal. Resulta interesante la siguiente reflexión:
Existen palabras que tienen el don de ser excepcionalmente precisas, específicas y, al mismo tiempo, extremadamente genéricas, ilimitadas; altamente operacionales y medibles, y, al mismo tiempo, considerablemente abstractas y extensas. Sin embargo, cualquiera que sea el caso, estas palabras tienen el privilegio de moldear conductas y perspectivas, así como, pareciéndose más a herramientas de evaluación, ejercer influencia en la vida práctica. Una de éstas palabras mágicas es competitividad.

Ciertamente, todos queremos (y debemos) ser competitivos.

Ahora bien, ¿Cómo se consigue? ¿Puede medirse la competitividad?

Como suele ocurrir con estos conceptos, es muy difícil establecer una definición precisa de competitividad y, más difícil todavía, su cuantificación. No obstante:
Si se aplica al ámbito empresarial, su connotación es más concreta y cuantificable. Una empresa es más competitiva cuando obtiene mejores resultados que sus competidores– bien en términos de beneficios y/o cuotas de mercado-gracias a unos menores costes, una tecnología superior o una clara política de creación de marca y diferenciación de productos o, como suele ser el caso, una buena combinación de estos tres factores.
En principio, en el ámbito empresarial para ser competitivos, serían necesarios los siguientes componentes:
  • Por un lado en un mundo con clientes muy bien informados, a veces mejor que los propios vendedores, lo que se ofrece debe alcanzar o superar las prestaciones esperadas.
  • Por otro lado el precio al que se ofrezca debe encajar con esas prestaciones y debe ser el adecuado para el entorno competitivo.
  • Finalmente, tanto si es un bien tangible como intangible, debe ser fácilmente accesible para los compradores, cómodo de recibir o entender.
Son requisitos absolutamente necesarios para competir; pero no suficientes. Como es conocido la tecnología se ha democratizado y cualquiera en cualquier parte puede lograr eficacia operativa. Hace falta algo más.
En nuestros días los clientes dan por supuesto que lo que se les ofrece cumple con los requisitos de prestaciones y calidad que ellos esperan; por eso quienes ofrecen deben esforzarse para ocupar una posición diferencial y preferente en la mente de esos clientes.

Es decir, construir una imagen acorde con el tipo de producto o servicio, sector empresarial, tipo de ciudad o país, perfil de la persona, que resulte más atractiva que la de los competidores.
En estos momentos resulta apropiado acudir a las variables descritas por el profesor Kotler:



Esto significa que una vez que se tiene la certeza de ser eficaz operativamente hay que construir una imagen en la mente de los clientes basada en un beneficio mayor que el que ofrece la competencia, al valor adecuado, con comodidad de acceso.

Así la fórmula de la competitividad resulta fácil.

Fácil de entender, aunque difícil de conseguir.

Como señala Raúl Peralba, para competir con éxito hay que ofrecer algo mejor que lo que ofrecen los demás. Pero si los productos o servicios son cada día más iguales objetivamente es necesario aportarles un valor añadido que sea percibido como tal por los clientes potenciales.
Ese valor añadido es la imagen que hay que construir en la mente de los clientes potenciales para que el producto o servicio, siendo bueno, sea percibido como mejor que los demás, se trata de lograr un posicionamiento competitivo eficaz.

Imagen: dreamstime.

12 oct 2009

Empresas buscan universitarios (con talento) para trabajar.

El objetivo principal del estudio Empleadores de referencia. Preferencias y motivaciones de los estudiantes con talento al elegir empresa para trabajar, de KPMG España, ha sido conocer las motivaciones de estudiantes universitarios, identificados por sus cualidades como jóvenes con talento, a la hora de elegir una empresa para trabajar.


Objetivos específicos:
  1. Identificar los canales de información para conocer a las empresas potenciales empleadoras.
  2. Condiciones laborales relevantes para los jóvenes estudiantes al elegir una empresa para trabajar.
  3. Expectativas de permanencia en las empresas.
KPMG, para el estudio, utilizó una metodología cuantitativa, a través de una encuesta estadística como herramienta de medición. El cuestionario constaba de 15 preguntas (la mayoría precodificadas y una pregunta abierta) donde se indagaba en los canales de información sobre empresas potenciales empleadoras, aspectos valorados en las condiciones laborales de las distintas compañías, expectativas de retribución, años de permanencia en las empresas, etc.
Se realizaron un total 345 encuestas a jóvenes universitarios que cursan estudios para obtener la licenciatura o que están realizando un master o estudio de post- grado, identificados por sus cualidades como “jóvenes con talento”.

El desarrollo profesional y el plan de carrera son los factores determinantes a la hora de elegir una empresa. Sin embargo, la gran mayoría de los jóvenes no esperan estar más de 5 años en su primer empleo. Lo que señala una clara diferencia con las generaciones anteriores: existe al parecer más lealtad hacia las tareas/trabajo que se desarrolla dentro de la empresa pero no existe una expectativa de trabajo para toda la vida. Hay una tendencia natural a cambiar de empresas buscando aquella organización que más se adapte asus demandas. En este contexto la gestión de talento cobra, mayor relevancia para las empresas, para poder seleccionar y retener a estos jóvenes talentos en sus plantillas.

Otras prioridades de los jóvenes son que el trabajo les motive y que sus esfuerzos sean reconocidos así como que exista un ambiente socio-emocional agradable que permita la comunicación fluida y la colaboración. Es destacable que en los jóvenes estudiantes con talento existe una clara vocación internacional. La movilidad internacional constituye tanto un desafío personal como profesional.
Para los jóvenes es importante la imagen que existe de la empresa en el mercado laboral, en especial los valores tales como el cuidado del medio ambiente, el poseer políticas de igualdad e integración, así como el grado en que las políticas de responsabilidad corporativas están desarrolladas. La buena reputación de la empresa en su gestión de los recursos humanos constituye sin duda un eje de atracción.
Las webs corporativas y los portales de empleo en Internet aparecen como los canales más útiles para acceder a una información inicial sobre las compañías. El estudio deja claro que las empresas deben proporcionar información corporativa a través de sus webs, pero también desarrollar programas y acciones que permitan a los jóvenes contactar y conocer a la empresa a través de charlas, foros y conferencias.

Ante una oferta de trabajo, los jóvenes buscan también información a través de la opinión de empleados y exempleados, por lo que es importante que las empresas cuenten con una política de recursos humanos valoradas por sus empleados y además, contar con canales de comunicación dirigidos a sus exempleados, ambos grupos constituyen los principalesembajadores del posicionamiento de las empresas como empleador de referencia.

Si se compara el resultado con otros países, el desarrollo profesional y la promoción interna que ofrezca la empresa es un factor determinante para los estudiantes de todos los países. Destaca Rusia como país donde más se valora el desarrollo profesional y Alemania donde menos es valorado este aspecto. En todos los países la motivación y reconocimiento, las ayudas y oportunidades de formación son valoradas, sin detectarse diferencias significativas. El entorno de trabajo es más valorado en Noruega y por el contrario, en Alemania es el país donde recibe la puntuación más baja como puede observarse en el gráfico adjunto.

En relación con los canales donde los jóvenes candidatos encuentran lainformación de las empresas, comparando con otros países del ámbito geográfico del estudio, las diferencias son llamativas. Si bien todos hacen uso de Internet (recordemos que esta generación es denominada nativa digital), no todos le otorgan la misma importancia y credibilidad a cada uno de ellos.
  • Las webs de las compañías tienen un papel relevante como fuente d einformación para los jóvenes de todos los países.
  • En Noruega y Alemania las Redes Sociales se sitúan en primer y tercer lugar respectivamente.
  • Los portales de empleo en Internet son una fuente relevante solo para los jóvenes de Rusia y República Checa.
  • En España los Foros de empleo son útiles para informarse porque permiten una relación más próxima con empleados de la empresa.
  • En Noruega el tercer canal más útil es la prensa nacional y los suplementos de empleo.

Fuente: KPMG España.

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Proyección de empleo en España (4 T 2009).

Los planes de contratación han empeorado con respecto al tercer trimestre de 2009 y la Proyección registra un descenso de 6 puntos porcentuales. Asimismo, se produce un ligero retroceso de 2 puntos porcentuales con respecto al mismo periodo del año anterior, según se desprende del Estudio Manpower de Proyección de Empleo para el cuarto trimestre de 2009, entrevistando a una muestra representativa de 1.000 directivos de España. A todos los entrevistados se lesha preguntado:
¿Cómo prevé usted que cambiará el empleo en su empresa en el próximo trimestre, hasta finales de diciembre de 2009, en comparación con el actual?
En la tabla anterior puede observarse que las perspectivas de contratación de los directivos españoles para el cuarto trimestre de 2009 son pesimistas. Mientras que un 4% de los directivos anticipa un incremento de sus plantillas, el 15% prevé una reducción de las mismas y el 79% no pronostica cambio alguno.
Proyección de Empleo por Zonas.

Teniendo en cuenta la estacionalidad, los directivos de las seis zonas en que el estudio divide España prevén una contratación negativa para el próximo trimestre. Los directivos de la zona Noroeste prevén la Proyección de Empleo Neto menos pesimista del país, con un -1%. Los directivos de la zona Este son los más pesimistas del país con una Proyección de Empleo Neto de -14%.
  • Los directivos de la zona Centro (CC.AA. Castilla La Mancha y Madrid) prevén una Proyección de Empleo Neto de –6%. La cifra mejora en 7 puntos porcentuales respecto trimestre anterior; y se mantiene estable respecto al cuarto de 2008.
  • En la zona Este (CC.AA. Comunidad Valenciana y Murcia), los directivos prevén una Proyección de Empleo Neto de -14%, registrando las previsiones más bajas del país en el cuarto trimestre de 2009. La previsión disminuye en 4 puntos porcentuales en comparación con el trimestre anterior y en siete puntos porcentuales en comparación con el mismo periodo de 2008.
  • Los directivos de la zona Noreste (CC.AA. Islas Baleares y Cataluña) sitúan la Proyección de Empleo Neto en un -8%. La previsión se mantiene estable tanto en comparación con el trimestre anterior como del cuarto trimestre de 2008.
  • En la zona Noroeste (CC.AA. Asturias, Castilla y León y Galicia), la Proyección de Empleo Neto se sitúa en un -1%. Esto supone una mejora de siete puntos porcentuales en comparación con el trimestre anterior. La Proyección se mantiene estable si se compara con el cuarto trimestre de 2008.
  • Los directivos de la zona Norte (CC.AA. Aragón, Cantabria, La Rioja, Navarra y País Vasco) registran una Proyección de Empleo Neto de -5%. La Proyección ha disminuido 9 puntos porcentuales en comparación al trimestre anterior y 14 puntos porcentuales, en comparación al cuarto de 2008.
  • En la zona Sur, los directivos (CC.AA. Andalucía, Canarias y Extremadura) registran una Proyección de Empleo Neto del -9%. Las previsiones se mantienen si se comparan con el trimestre anterior, pero han mejorado en 3 puntos porcentuales si lo comparamos con el mismo periodo del año 2008.
Proyección de Empleo por sectores.



Los directivos de los diez sectores industriales entrevistados prevén previsiones de contratación negativas para el próximo trimestre. Tras aplicar los ajustes estacionales, los directivos del sector de Hostelería prevén la Proyección de Empleo Neto menos pesimista de este periodo, con un -2%. Por el contrario, los directivos del sector de Transporte, Almacenamiento y Comunicaciones son los que prevén ser menos dinámicos en contratación, con un -22%.

Si se comparan con las previsiones del tercer trimestre de 2009, los directivos de cinco de los diez sectores prevén mejoras en las Proyecciones de Empleo Neto, mientras que cuatro registran reducciones y uno se mantiene estable. La mayor reducción se prevé en el sector de Agricultura y Caza, con una disminución de 12 puntos porcentuales.

En comparación con el cuarto trimestre de 2008, los directivos de cuatro de los diez los sectores prevén una mejor Proyección de Empleo Neto, mientras que los seis restantes registran previsiones inferiores. Los directivos del sector de Comercio y Reparaciones registran el mayor incremento, con 5 puntos porcentuales más respecto del año anterior. La mayor reducción se registra en el sector de Energía Eléctrica, Gas y Agua, con 15 puntos porcentuales menos.


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8 oct 2009

Aplazar (deudas tributarias) para cobrar (Agencia Tributaria).

Es evidente que la actual situación financiera de los españoles obliga a utilizar las vías posibles para el aplazamiento de sus deudas: tributarias y, por supuesto, aquellas con el resto de administraciones públicas (seguridad social, entre ellas).
De esta forma, a través de las comparecencias en el Congreso de los Diputados (Comisión de Presupuestos) se informa que en los ocho primeros meses del año:
  • La Seguridad Social ha concedido aplazamientos de pago de cotizaciones sociales a más 50.000 empresas por un total de 7.739 millones de euros.
  • En el mismo periodo, la Agencia Tributaria ha concedido más de 550.000 prórrogas en el pago de impuestos por un total de 6.500 millones de euros (sobre un total de 10.900 millones solicitados).
A preguntas de los grupos parlamentarios sobre la deuda tributaria pendiente de cobro, el Director General de la Agencia Tributaria (Sr. Pedroche) admitió que su importe había crecido, pero lo explicó afirmando que:
en este contexto de problemas de tesorería, de dificultades financieras que están atravesando los contribuyentes, la Agencia Tributaria tomó la decisión de que prefería que los contribuyentes no incurrieran en economías sumergidas, si no que, siendo conscientes de esa dificultad, declarasen, dándoles un aplazamiento de pago adecuado a la capacidad que tenga cada uno de ellos.
Aplazar para poder cobrar, en este sentido, insistió en que no es que la Agencia no estuviera cobrando la deuda pendiente: La estamos cobrando como se puede cobrar.

En total, la deuda pendiente de cobro ascendía a 31 de julio a casi 37.000 millones de euros, de los que 12.300 están pendientes de resolución judicial y por lo tanto bloqueados hasta que no haya sentencia firme, pero cuya recaudación está asegurada, según insistió el responsable de la Agencia Tributaria

Del total de la deuda en proceso judicial, se cuantifica en 1.800 millones la deuda inmovilizada que está afectada por procesos concursales, que han experimentado un crecimiento exponencial con la crisis, mientras otros 6.000 millones ya han sido notificados y, por último, 9.500 están en fase ejecutiva.

Recordamos que la situación de deuda (12.300 millones) proviene porque los contribuyentes no han estado de acuerdo con la regularización o liquidación que le han hecho los órganos de control de la agencia y lo tienen recurrido en las distintas instancias jurisdiccionales.
Bien es cierto que, en esta situación, están garantizadas con algún tipo de garantías de las que le han exigido los tribunales, bien sea los económicos, los administrativos o los tribunales ordinarios.
Y, en relación con el importe tan alto de la deuda judicializado, el responsable de la Agencia Tributaria ha comentado en reiteradas ocasiones:
que obedece a muchas circunstancias que se escapan al propio funcionamiento de la agencia: en primer lugar, el funcionamiento de los tribunales. No descubre nada este compareciente diciendo que los tribunales están atascados y que la agencia lo sufre y ve que se acumulan. Yo quisiera que hubiera una respuesta más rápida. El tiempo medio de una resolución, cuando hay un recurso contra una liquidación en las tres instancias, está como media en torno a cinco o seis años. Estoy absolutamente de acuerdo en que este es un tiempo excesivo, pero se escapa a la posibilidad que tiene la Agencia Tributaria.
Normativa relacionada:

7 oct 2009

7 Perfiles y actitudes de empresas morosas.

Es evidente que las empresas españolas, en las circunstancias actuales, no se caracterizan por ser fieles cumplidoras en los pagos de sus operaciones comerciales. Motivos abundan: la conocida situación de crisis, la falta de crédito, el incumplimiento, en plazos, de los pagos de las administraciones públicas y, probablemente, en determinados casos, la deficiente planificación financiera de las empresas.
Es conocido que esta situación genera el desequilibrio financiero que lleva, en muchos casos, a la necesidad de presentar el concurso de acreedores, a los ajustes empleo (eres, despidos..) y, por supuesto, al abandono de la actividad económica (pymes, microempresas, autónomos, ..).

Por otra parte, no olvidemos que en la actualidad más de la mitad de las operaciones comerciales en el mundo se realizan a crédito, por lo que el riesgo de impagos aumenta; por ello nos parece muy interesante la calificación de la actitud de la empresa morosa que se realiza en el Informe 7 Familias de Deudores, con datos del año 2009, realizado por la empresa, Intrum Justitia, destacando siete tipos de perfiles de familias y empresas morosas. Nosotros sólo hemos recogido los datos referidos a las empresas que mostramos en el gráfico que hemos elaborado con los datos del informe

  1. Selectiva. Se caracteriza por escoger la prioridad y orden de las facturas a pagar. Así, En primer lugar abonará las facturas de los proveedores que considere estratégicos para su actividad, en segundo lugar las que pudieran tener repercusión directa en su imagen y en tercer y último lugar las facturas de suministro (agua, luz, teléfono…).
  2. Especialistas. Retrasan el pago de sus facturas habitualmente y no cumplen sus promesas de pago. Normalmente esperan hasta final de mes, crean disputas sistemáticamente o cambian las condiciones en el último momento con tal de no cumplir con los tiempos.
  3. Insolventes. Se caracterizan por no tener capacidad financiera suficiente para hacer frente a sus pagos. Los motivos pueden ser varios: concurso de acreedores, declaración de quiebra, insuficiencia de fondos…
  4. Sinceras. No tienen conocimiento de tener un pago pendiente o hay un desacuerdo en la cuantía. Dicho desacuerdo puede referirse a que el producto no se recibió, el rappel no fue aplicado, existe un error en la factura…
  5. Desorganizadas. El seguimiento de las cuentas pendientes o de los procedimientos judiciales es insuficiente por lo que los impagos son frecuentes.
  6. Dominantes. Las empresas dominantes tienen por principio realizar el pago a sus proveedores con retraso, manteniéndolos en una situación de dependencia. Es una estrategia habitual para ganar liquidez.
  7. Nómadas. La empresa cambia de domicilio fiscal o teléfono y no cumple con su obligación de informar a sus proveedores o entidades financieras. Puede darse la situación de que la empresa haya cesado su actividad.
Señala Luis Salvaterra , director general de Intrum Justitia Ibérica, que la conclusión general de este estudio es que:
la mayoría de los deudores no pagan porque no pueden. Las personas y las empresas tienen diferentes motivos para no pagar sus deudas por lo que dividirlas en morosas o no, es una clasificación bastante simplista que no hace ningún intento por comprender a las personas. Por este motivo y por primera vez Intrum Justitia ha elaborado una clasificación de los diferentes tipo de de familias de consumidores y empresas.
Es evidente que sería interesante y complementaría adecuadamente, la ponderación de los motivos de la insuficiente liquidez de las empresas para hacer frente a los pagos. Yo soy de los que opina que, generalmente, a todo el mundo le gusta pagar, pero cuando no hay...

¿Qué pensáis? ¿Qué importa más el motivo o la actitud?

5 oct 2009

Cuentos fiscales (I): La subida de impuestos.

Es evidente que la crisis económica-financiera está afectando a una inmensa mayoría de países, entre los que se encuentran los de la Unión Europea. También es cierto, el esfuerzo de todos por salir cuanto antes; no obstante, las medida anti crisis con frecuencia difieren y, a veces, en exceso, como está ocurriendo con los impuestos que suben y bajan en escenarios similares, cuando no iguales.

¿Como es posible que en España suban los impuestos y que en Francia y Alemania, entre otros, bajen?

Como ejemplo, del cuento fiscal que nos parece la actual política y estrategia impositiva de nuestro Gobierno, recogemos unas referencias de la prensa reciente (La Razón, fuente del gráfico adjunto) que certeramente relaciona la fiscalidad con la renta per cápita.


ITALIA
Amnistía para los evasores
Pese a la altísima deuda pública de Italia (superior al 110%) y al déficit, Silvio Berlusconi no subirá los impuestos. Para recaudar más ha echado mano de una de sus herramientas favoritas: la amnistía fiscal. Pretende con ello recaudar 3.000 millones de euros con la repatriación de, al menos, la tercera parte de los 300.000 millones que los italianos tienen fuera.


ALEMANIA
Habrá bajada de impuestos
Alemania tiene un déficit público de más de 90.000 millones de euros. A pesar de ello la reelegida en las urnas Angela Merkel cumplirá con su programa de aliviar la situación económica del alemán medio. En principio, eliminaría la llamada «progresión fría», que hace que las subidas salariales en ocasiones terminen convirtiéndose en una pérdida de la capacidad adquisitiva.


FRANCIA
Mantiene la presión fiscal
«No he sido elegido para subir impuestos». Nicolas Sarkozy resume bien en esta frase su política fiscal hasta el final de la legislatura. Al contrario que otros países europeos donde se han subido los impuestos indirectos, Francia estudia extender el tipo reducido del IVA (5,5%), que ya aplicó al sector de la restauración, en la oferta legal de música y cine en internet.


REINO UNIDO
Una excepción tras bajar el IVA
En Reino Unido, el próximo enero el IVA volverá a situarse en el 17,5%. El Ejecutivo lo rebajó el pasado noviembre al 15%, el mínimo permitido por la UE. Se trataba de un «recorte temporal» para trece meses dentro de un plan de estímulo fiscal. En teoría, la redución impositiva iba destinada a generar 14.700 millones de euros, pero en la práctica el plan no ha funcionado.


ASIA
A por las rebajas impositivas
Ninguna de las tres principales economías asiáticas se ha decantado por la subida de impuestos para hacer frente a la crisis. En el caso de Japón y Corea del Sur se han producido incluso rebajas impositivas con el objetivo de estimular el consumo interno. Por su parte China apenas ha modificado su fiscalidad, exceptuando algunas subidas sobre carburantes.

Además, el BOE, de fecha 5 de octubre, publica las rebajas fiscales en la Comunidad de Madrid, Ley 4/2009, de 20 de julio, de medidas fiscales contra la crisis económica, en los siguientes términos:

PREÁMBULO
El actual contexto de crisis económica hace necesaria la toma de medidas para el impulso de la actividad económica y del empleo. Por ello, esta ley establece una serie de rebajas fiscales que afectan a sectores especialmente afectados por la actual coyuntura económica y de gran importancia tanto para la economía madrileña como nacional.
Las rebajas fiscales de la Comunidad de Madrid se centran en impuestos tan sensibles, al contribuyente, como: el IRPF, Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Docuementados e Impuesto de Actividades Económicas.

En esta situación, resulta obvio que algunos no actúan correctamente. Pero habría que distinguir:
  • ¿Qué es lo correcto, en este caso, desde el punto de vista político?
  • ¿Qué es lo correcto, en este caso, desde el punto de vista económico?
¡Menudo cuento fiscal!

¿Qué os parece?