8 may 2010

La Responsabilidad Social Empresarial en las PYMEs

La Responsabilidad Social Empresarial (RSE) entendida como la integración voluntaria, por parte de las empresas, de las preocupaciones sociales y medioambientales en sus operaciones comerciales y en sus relaciones con sus interlocutores, plantea dificultades específicas cuando se incorpora a la gestión de las pequeñas y medianas empresas (PYMEs).

La iniciativa RSE-PYME, Resolución de la Secretaría General de Industria, tiene la intención de sensibilizar a las PYMEs acerca de la importancia de incorporarlo en sus prácticas empresariales, así como hacerles llegar las ventajas competitivas derivadas de esta integración cuando se gestiona de manera estratégica.

La iniciativa RSE-PYME se materializa en unas ayudas con la finalidad de incentivar la implantación y desarrollo de buenas prácticas en materia de RSE en las estrategias empresariales de las PYMEs con el objetivo de mejorar su competitividad.

Para conseguir estos objetivos, las ayudas se canalizarán a través de organizaciones, asociaciones empresariales, y otros organismos intermedios que desarrollen actuaciones en el ámbito de la RSE para PYME, con objeto de explotar las economías de escala que proporciona la agrupación de éstas por sectores y colectivos de similares problemáticas y características.

Beneficiarios

Las organizaciones y asociaciones empresariales y otros organismos intermedios. A los efectos de la convocatoria de 2010, se considerarán organismos intermedios:
  • Las entidades privadas sin ánimo de lucro y con personalidad jurídica propia, que de manera habitual presten servicios de apoyo a las PYMEs para la integración de la RSE en sus prácticas empresariales y dispongan, por tanto, de los recursos materiales y humanos necesarios para ello.
  • Las entidades con participación mayoritaria de capital público estatal que de manera habitual presten servicios empresariales de apoyo a la RSE de las PYMEs y promuevan proyectos que se ajusten a las actuaciones subvencionables enumeradas en el apartado cuarto de la convocatoria sin perseguir en dichos proyectos la obtención de beneficios.

Financiación y cuantía máxima

El crédito disponible máximo con que cuentan estas ayudas para la convocatoria 2010 es de 800.000 euros. La cuantía máxima de cada subvención concedida, no podrá superar los 50.000 euros anuales.

Gastos subvencionables
  • La adquisición de herramientas a utilizar en la elaboración de los informes/memorias, y sistemas de gestión de RSE de las empresas, así como la adaptación de las mismas ó creación y desarrollo de otras nuevas para ese mismo fin.
  • Gastos de personal técnico directamente involucrado en los planes de actuación presentados y que tenga vinculación laboral con la entidad solicitante. Será subvencionable el personal técnico incluido en los grupos de cotización a la Seguridad Social comprendidos entre el 1º y el 4º. Las tarifas máximas admisibles por categorías laborales para el año 2009 serán las que figuran en el anexo II de la convocatoria.
  • Coste de colaboraciones externas tales como asistencia técnica, gastos externos de consultoría y tutorización y de aquellos otros servicios que se especifiquen de manera detallada en la solicitud de ayuda y resulten necesarios para la ejecución de la actuación prevista.
  • Viajes interurbanos, en transporte público ó vehículo propio, y alojamiento necesarios para la realización de la actividad, por parte del personal técnico aludido en el párrafo anterior.
  • Gastos generales, de acuerdo con las especificaciones explicitadas en las normas de justificación, que no podrán superar el 10% por ciento del presupuesto subvencionable.
Documentación de utilidad: