Están obligados a presentar declaración del IS todos los sujetos pasivos del mismo con independencia de que hayan desarrollado o no actividades durante el período impositivo y de que se hayan obtenido o no rentas sujetas al impuesto. No obstante, hay excepciones a la obligación general de declarar: Las empresas (reducida dimensión) que cumplan las previsiones previstas en el artículo 108 de La Ley del Impuesto de Sociedades tributarán con arreglo a la siguiente escala: Por la parte de base imponible comprendida entre 0 y 120.202,41 euros, al tipo del 25 %. Por la parte de base imponible restante, al tipo del 30 %. Cuando el período impositivo tenga una duración inferior al año, la parte de la base imponible que tributará al tipo del 25 % será la resultante de aplicar a 120.202,41 euros la proporción en la que se hallen el número de días del período impositivo entre 365 días, o la base imponible del período impositivo cuando esta fuera inferior.
9 may 2009
Impuesto de Sociedades (2008): tipos de gravamen.
El Impuesto sobre Sociedades (IS) grava la renta de los sujetos pasivos residentes en todo el territorio español.
Están sujetas al IS:
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