Están obligados a presentar declaración del IS todos los sujetos pasivos del mismo con independencia de que hayan desarrollado o no actividades durante el período impositivo y de que se hayan obtenido o no rentas sujetas al impuesto. No obstante, hay excepciones a la obligación general de declarar: Por la parte de base imponible comprendida entre 0 y 120.202,41 euros, al tipo del 25 %. Por la parte de base imponible restante, al tipo del 30 %. Cuando el período impositivo tenga una duración inferior al año, la parte de la base imponible que tributará al tipo del 25 % será la resultante de aplicar a 120.202,41 euros la proporción en la que se hallen el número de días del período impositivo entre 365 días, o la base imponible del período impositivo cuando esta fuera inferior.

Las empresas (reducida dimensión) que cumplan las previsiones previstas en el artículo 108 de La Ley del Impuesto de Sociedades tributarán con arreglo a la siguiente escala:
09/05/2009
Impuesto de Sociedades (2008): tipos de gravamen.
El Impuesto sobre Sociedades (IS) grava la renta de los sujetos pasivos residentes en todo el territorio español.
Están sujetas al IS:
Entradas relacionadas:
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
Archivo del blog
-
▼
2009
(107)
-
►
noviembre
(12)
- Medidas de fomento del alquiler (Ley 19/2009).
- Nueva regulación de las declaraciones complementar...
- Nueva regulación del Modelo 190 (Resumen Anual de ...
- Nuevo modelo de declaración 390 (Resumen anual IVA...
- Dirección Financiera e Impuestos.
- Las nueves sedes electrónicas del Gobierno.
- El Impuesto de Sociedades (2009-2010): tipos de gr...
- La creación de empleo en el IRPF (2010).
- Regulación (por primera vez) de la responsabilidad...
- Flexibilidad + Seguridad = Flexiseguridad laboral ...
- Nueva Circular sobre Información relevante (CNMV) ...
- Llega el trueque (electrónico) de deudas.
-
►
octubre
(14)
- Sumar para multiplicar. El poder del dos.
- Novedades legislativas para el cierre del ejercici...
- Nueva Ley de las SOCIMI (Inversión Mercado Inmobil...
- Diagnóstico, Gestión y Mejora en la empresa españo...
- Aprobada la nueva Ley de Auditoría de Cuentas.
- El facilitador financiero: ¿Llegará por fin la fin...
- Alarma fiscal: 16 Medidas para su lucha.
- La fórmula de la competitividad.
- Empresas buscan universitarios (con talento) para ...
- Proyección de empleo en España (4 T 2009).
- Aplazar (deudas tributarias) para cobrar (Agencia ...
- 7 Perfiles y actitudes de empresas morosas.
- Cuentos fiscales (I): La subida de impuestos.
- La Auditoría Pública: nuevos objetivos, finalidade...
-
►
septiembre
(9)
- ¿Qué ocurre (y ocurrirá) con las SICAV?
- La Reforma Fiscal (2010) ha llegado.
- Auditorías públicas por empresas privadas.
- Devolución de impuestos, alquileres de viviendas.....
- Departamento empresarial vs Serie de TV.
- Aportaciones de la NIIF/PYMES (I).
- Autónomo en paro. Busco Padrino.
- La responsabilidad de los socios en las deudas soc...
- Ley de Economía Sostenible (Borrador del 8/9).
-
►
agosto
(10)
- ¿Qué es el Espacio Europeo de Educación Superior?
- Reglamento de Control y transparencia del sector p...
- Las nuevas enseñanzas universitarias (I).
- Ayer y hoy (I): Seis sombreros para pensar.
- ¿Qué recogerá la Ley de Economía Sostenible?
- Propuesta de prestación por cese de actividad para...
- El déficit público de España en la OCDE.
- El mercado laboral en España: ¿Quién encuentra tra...
- La Agencia Tributaria no cumple con la recaudación...
- Últimas medidas de empleo destinadas a los autónom...
-
▼
mayo
(7)
- Beneficios vs responsabilidad social.
- Incentivos fiscales en el Impuesto de Sociedades (...
- Innovación y Empresa: una relación necesaria.
- Los gastos en el Impuesto de Sociedades (I).
- Impuesto de Sociedades (2008): tipos de gravamen.
- Los concursos de acreedores siguen creciendo: un 2...
- Renta 2008: plazos y servicios de ayuda disponible...
-
►
noviembre
(12)













0 comentarios:
Publicar un comentario en la entrada