Las cuentas anuales correspondientes al cierre del ejercicio 2008 se presentarán conforme a los modelos aprobados en la
Orden JUS/206/2009, que pueden consultarse en el enlace adjunto. Recogen la estructura y contenido de los documentos contables que los empresarios deben formular y presentar para su depósito en el Registro Mercantil y a través del que se lleva a cabo la publicidad establecida en nuestra legislación.
La presentación de las cuentas anuales puede efectuarse de dos maneras:
- De forma telemática
- De forma manual (En papel o en soporte digital).
Presentación telemática:
Para la presentación telemática se requiere ser titular de firma electrónica reconocida por el Colegio de Registradores. La elaboración de los ficheros se realiza a través de los programas contables que dispongan de tal utilidad o bien a través del programa D2 que facilita la web del Colegio de Registradores.
Presentación manual:
Pueden presentarse en soporte papel o en soporte digital (cd).
Habrá que tener en cuenta que conforme a la resolución de 29 de Enero de 2007 de la Dirección General del Registros y Notariado los modelos normalizados de cuentas anuales deben estar cumplimentados de forma mecanizada.
Información que se debe presentar en el Registro Mercantil:
Deberá presentarse en el Registro Mercantil de la provincia en la que radique su domicilio social:
- Instancia de presentación de las cuentas.
- Hoja de datos generales de identificación.
- Certificación de la aprobación de las cuentas anuales, conteniendo la aplicación de resultados.
Las cuentas anuales:
- Balance,
- Cuenta de pérdidas y ganancias,
- Estado de cambios en el patrimonio neto,
- Estado de flujos de efectivo y
- Memoria.
- Informe de gestión.
- Informe de auditoría, cuando la sociedad esté obligada a auditarse o si la minoría lo solicitase.
- Certificación acreditativa de que las cuentas depositadas se corresponden con las auditadas.
Modelos de Cuentas Anuales (descarga enlace)
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