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2 oct 2010

Cuadro de las reformas legislativas introducidas por la Ley de la Reforma Laboral

Con fecha 18 de septiembre de 2010 se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado la Ley 35/2010, de medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo, que sustituye el Real Decreto Ley 10/2010, de fecha 16 de junio.

Esta reforma tiene como objetivo esencial, según expresa la propia Ley en el preámbulo, el contribuir a la reducción del desempleo e incrementar la productividad de la economía española.

A estos efectos, se dirige a corregir la dualidad de nuestro mercado de trabajo promoviendo la estabilidad en el empleo y a incrementar la flexibilidad interna de las empresas, como aspectos más destacables.

En concreto, las medidas se enfocan hacia tres objetivos fundamentales.
  • Reducir la dualidad del mercado laboral, impulsando la creación de empleo estable y de calidad.
  • Reforzar los instrumentos de flexibilidad interna en el desarrollo de las relaciones laborales y, en particular, las medidas de reducción temporal de jornada, como mecanismo que permita el mantenimiento del empleo durante las situaciones de crisis económica, frente a medidas extintivas.
  • Favorecer las oportunidades de las personas desempleadas, con particular atención a los jóvenes, reordenando la política de bonificaciones a la contratación indefinida, promoviendo los contratos formativos, y mejorando los mecanismos de intermediación laboral.

2 ago 2009

Últimas medidas de empleo destinadas a los autónomos.

El Consejo de Ministros, de 31 de julio, ha aprobado un Real Decreto de medidas urgentes de empleo destinadas a trabajadores autónomos y a las cooperativas y sociedades laborales, en los siguientes términos:
  • En primer lugar, y con objeto de favorecer la actividad emprendedora de jóvenes y mujeres, se incrementa hasta el 80% el límite de pago único de la prestación por desempleo destinada a inversión para jóvenes de hasta 30 años de edad y de mujeres hasta 35 años que inicien una actividad como trabajadores autónomos.
  • Además, para propiciar el acceso de los trabajadores asalariados a la condición de socios trabajadores, y teniendo en consideración que la mayoría de las empresas creadas por los trabajadores, es decir, cooperativas y sociedades laborales, han contado para su creación con el capital procedente de la capitalización de la prestación por desempleo, se elimina la limitación de hasta veinticuatro meses que hasta ahora tienen los asalariados para optar a ser socios trabajadores de la empresa.
  • De esta manera, cualquier trabajador asalariado, independientemente del tiempo que lleve en la empresa, podrá incorporarse como socio trabajador y también las cooperativas y sociedades laborales mejorarán su capitalización.
Estas medidas tendrán una vigencia hasta el 31 de diciembre de 2010, sin perjuicio de una posible prórroga en función de la evaluación de su eficacia en la creación de empleo.
  • También, y con objeto de favorecer la contratación indefinida del primer trabajador autónomo, se bonifican en un 50% las cuotas de la Seguridad Social durante veinticuatro meses del primer trabajador asalariado que contrate indefinidamente el autónomo. La vigencia de esta medida finaliza el 31 de diciembre de 2009.
Reacciones en torno a las medidas: