23 abr 2009

Los ayuntamientos pagarán sus deudas en cuatro meses (máximo).

Para subsanar los problemas de liquidez de las empresas y los trabajadores autónomos que arrastran impagos de los ayuntamientos el Consejo de Ministros de mañana (24/4) va aprobar un Real Decreto que supondrá una inyección de liquidez muy importante que favorecerá la reactivación de la actividad económica para las empresas con este problema, según anuncia el Ministerio de Economía y Hacienda y que integra dos actuaciones:

  • Endeudamiento de los ayuntamientos
El Real Decreto-Ley autorizará a los ayuntamientos y otras entidades locales a realizar operaciones de endeudamiento para financiar su déficit de tesorería a 31 de diciembre de 2008, incluyendo las facturas pendientes con empresas y autónomos.
Las operaciones de endeudamiento bancario tendrán un plazo máximo de amortización de 6 años, con posibilidad de 1 ó 2 de carencia y, desde la concertación de la operación, las entidades locales dispondrán de un mes para cancelar las deudas pendientes con proveedores. 
El plazo para concertar la operación de endeudamiento es de tres meses a partir de la entrada en vigor del Real Decreto-ley, lo que permite establecer un período máximo de cuatro meses para la ejecución de esta medida.
  • Nueva línea ICO
Consiste en la puesta en funcionamiento de una nueva línea para avalar por un importe máximo de 3.000 millones de euros a las empresas y autónomos con deudas pendientes de pago por parte de los ayuntamientos. 
De esta forma, el Gobierno avala las operaciones de descuento a empresas y autónomos con facturas pendientes de cobro. El Real Decreto Ley que se aprobará mañana establecerá como garantía final ante posibles impagos por parte de las entidades locales su participación en los ingresos del Estado, en la que se podrá retener las cantidades correspondientes a la deuda de los ayuntamientos que incurran en el incumplimiento de sus obligaciones de pago.
La nueva línea ICO establece algunas condiciones favorables para empresas y autónomos, como el tipo de descuento máximo del 5% en las operaciones, un porcentaje menor al habitual. Además, con el objetivo de asegurar que las pequeñas empresas y los trabajadores autónomos tengan acceso real a los créditos, se ha establecido un límite de 300.000 euros por acreedor para evitar que las grandes empresas acaparen los avales.